La uva no se toca
Cerca de la ermita de la Consolación hay viñas que casi cotizan en Wall Street. Y quizá no esté de más recordar que las uvas (aquí y en todo el mundo) se miran pero no se tocan ni se cosechan. Este mandato viene de lejos, como evidencian las ordenanzas medievales, que eran una especie de reglamentos municipales de la época.
En 1582, las ordenanzas de Torroja del Priorat multaban incluso a aquellos que entraran en “viña ajena que uvas haya”. Es decir, ni siquiera se podía entrar en un viñedo que no fuera tuyo, ni que entraras con la mejor de las intenciones del mundo. Del mismo modo, había que ir con mucho cuidado con los rebaños porque también tocaba rascarse el bolsillo si tu ganado entraba “en viña ajena hasta que se haya terminado de vendimiar”. Es decir, los rebaños y las bestias debían estar lejos de la uva desde marzo hasta el final de la vendimia (ya fuera en agosto, en septiembre, octubre…).
Algo parecido ocurría con las ordenanzas de la Vilella Alta, donde el propietario de un rebaño que entrara en la viña o en el huerto de otro, tenía que pagar una sanción económica. Y piensen que, en este caso, hablamos de normas escritas para regular la vida pública y la convivencia del año 1506. Es decir, hace más de 500 años.
Fíjense en esta norma. “Que ningún género de ganado pueda entrar en los viñedos hasta haber pasado tres días y tres noches naturales de haber llovido o ser fundida la nieve, bajo la pena de diez libras y los daños estimados por expertos”. Regulación del 1792. Antiguas Ordenanzas.
Hay un sinfín de estas ordenanzas. Las más antiguas que se conocen del Priorat son del siglo XIV. Y muchas de ellas están recogidas en un libro editado por el Centro de Estudios del Priorat y el Archivo Comarcal del Priorat, titulado: ‘Antiguas ordenanzas municipales en la comarca del Priorat (siglos XIV-XVIII)’. De todo ello ahora llamamos ordenanzas del civismo, pero este tipo de regulaciones son más viejas que ir a pie. Tan antiguas como el vino…